AGENCIA TRIBUTARIA

Si eres jubilado esto te interesa: el aviso de Hacienda sobre lo que no debes hacer con tu declaración de la Renta

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Benjamín Santamaría
  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación. Redactor de economía en OKDIARIO y autor de "La economía a través del tiempo" en el Instituto Juan de Mariana

Hacienda ha lanzado un importante aviso a los jubilados sobre lo que no deben hacer en su declaración de la Renta este año. En concreto, la directora del Departamento de Gestión Tributaria, Rosa Prieto, ha solicitado a los pensionistas que realizaron aportaciones a las antiguas mutualidades que no hagan la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) antes de una fecha en concreto.

La Agencia Tributaria ya ha confirmado que algunos jubilados disfrutarán de una devolución de hasta 4.000 euros gracias a una sentencia del Tribunal Supremo (identificada como 255/2023 mediante el Recurso de Casación 5335/2021 del 28 de febrero) la cual reconoció que los pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales hasta 1978 fueron gravados de manera incorrecta.

Por ello, la Justicia obliga ahora a Hacienda a reembolsar a estos pensionistas por los excesos en el pago de impuestos relacionados con sus pensiones, con el objetivo de evitar la doble imposición.

Los pensionistas afectados son aquellos que formaron parte del sistema de mutualismo laboral, especialmente en sectores como la banca, las eléctricas, el comercio, la metalurgia, la construcción, los astilleros y la pesca.

Estos pensionistas ya contribuyeron durante su vida laboral al sistema de mutualismo laboral, por lo que tuvieron que pagar impuestos nuevamente por el mismo concepto al recibir su pensión.

Aviso de Hacienda a los jubilados

Ahora, Hacienda lanza un aviso a los jubilados. La Agencia Tributaria ha pedido que estas personas realicen la declaración de la Renta a partir del pasado 20 de abril. Esto es porque la Seguridad Social había tardado en aportar la documentación necesaria para que la Administración dispusiera de sus borradores.

«Les aconsejamos que no presenten la declaración antes del 20 de abril. En algunos casos el ajuste aún no estará calculado, pero esperamos tenerlo antes del 20 de abril. En cualquier caso, cuando entren en sus datos fiscales, por si no lo ven, vamos a introducir un aviso para que esperen una o dos semanas, porque en quince días lo tendrán incorporado», había advertido Rosa Prieto.

Por tanto, los jubilados que se encuentren en esta situación ya pueden hacer la declaración y tratar de ganar alrededor de 4.000 euros a través de esta devolución extraordinaria.

En concreto, esta medida implica un cambio significativo en el proceso de solicitud y aplicación de la reducción en el IRPF para los contribuyentes que realizaron aportaciones adicionales a la Seguridad Social antes de 1978.

Anteriormente, los contribuyentes tenían que solicitar la devolución del 25% de lo que pagaron en su momento, pero a partir de esta Renta, Hacienda calculará y aplicará automáticamente esta reducción en el IRPF.

Esta automatización del proceso simplifica el trámite para los contribuyentes, ya que no tendrán que presentar una solicitud específica para obtener el beneficio fiscal. En lugar de ello, Hacienda calculará la reducción correspondiente y la aplicará directamente en la declaración de la renta, lo que facilitará el cumplimiento de esta obligación tributaria para aquellos que tienen derecho a esta deducción.

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La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

Ahorrar en el IRPF

El Consejo General de Economistas de España (CGE) ha calculado que una renta media de 30.000 euros anuales se podría ahorrar 233 euros con la deflactación de la tarifa estatal del IRPF al 16,1%.

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) -órgano especializado en asesoramiento fiscal del Consejo General de Economistas de España- ha elaborado un documento técnico sobre la declaración de Renta y Patrimonio en el que se analizan las novedades de esta campaña de 2023, las de 2024 y los últimos criterios doctrinales y de jurisprudencia que resultan de aplicación.

Aunque esta Campaña de la Renta no tiene muchas novedades, hay temas que a los economistas les «chocan». «Sorprende que después de prácticamente ya dos o tres años de una inflación importante, el Estado y algunas autonomías no hayan deflactado las tarifas y esto tiene directamente unos impactos en la capacidad de ingresos de los contribuyentes», ha señalado el presidente del Consejo General de Economistas, Valentín Pich.

Según los economistas, hay deducciones autonómicas por valor de 494 millones de euros, con una deducción media por contribuyente de 242 euros, beneficiándose de ellas un 9,7% de los contribuyentes.

Pero el Consejo General ha calculado el ahorro para los contribuyentes si la deflactación del IRPF fuera estatal. Para una renta de 30.000 euros, con una deflactación al 16,1% -teniendo en cuenta el IPC acumulado de 2021, 2022 y 2023-, el ahorro para el contribuyente llegaría a los 232,56 euros.

No obstante, el informe de los economistas refleja que cuanto mayor es la renta media del ciudadano, más elevado es el ahorro para el contribuyente de esa deflactación. Por ejemplo, para una renta de 45.000 euros, el ahorro es de 403 euros; para una renta de 70.000 euros es de 611 euros y para una renta de 350.000 euros es de 1.707 euros.

Con todo, los economistas han apuntado que, pese a que el ahorro es mayor para las rentas altas, la cantidad que se ahorra un contribuyente con una renta más pequeña es más significativa que para una más alta.

Si en lugar de una deflactación del 16,1% se hiciera una del 3,2% -IPC para 2023-, el ahorro para la renta media de 30.000 euros sería de 46,22 euros, mientras que si se tiene de base una deflactación del 5,4% -el incremento del salario medio en 2023-, el ahorro sería de 78 euros.

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